SERVICIOS FINANCIEROS
SERVICIOS FINANCIEROS
El sector Servicios Financieros, corresponde a una actividad comercial, prestadora de servicios de intermediación relacionados al ámbito de generación de valor a través del dinero.
Desde el punto tributario, son actividades que están clasificadas en el comercio. Tributan en la 1° Categoría, sobre la base de rentas efectivas.
Las actividades que incluye este sector son principalmente:
1. Bancos e Instituciones Financieras: Bancos Nacionales, Extranjeros, Representaciones.
2. Oferta y Contratación de seguros: Cías de Seguros generales, de Vida, de crédito, Corredores.
3. Administradoras de Fondos: Generales, de Pensiones, Mutuos, para la Vivienda, de Inversión.
4. Mercado de valores: Bolsas de Comercio y de Valores, Corredores.
5. Otros Servicios Financieros: Factoring, Leasing, Casas de Cambio.
Servicios de Apoyo: Administradoras de Tarjetas de Crédito, Clasificadoras de Riesgo, Sociedades de Cobranza, Asesoría y Consultoría Financiera. Aspectos propios de este tipo de contribuyente 1. ¿Cómo Inicio mis actividades como Servicios Financieros? Para realizar el trámite de Inicio de Actividades, se consideran las siguientes modalidades: 1.- Por Internet, para lo cual debe ingresar al sitio web del SII, menú Registro de Contribuyentes, opción Inicio de Actividades 2.- Por Formulario 4415, Inscripción al Rol Único Tributario y/o Declaración de Inicio de Actividades, en la Oficina del Servicio de Impuesto Internos correspondiente al domicilio del contribuyente.
Las Instituciones que tengan dentro de sus actividades, la de colocar dinero en forma de préstamos de consumo, comerciales, Hipotecarios, u otros, les corresponde la obligación tributaria de aplicar, retener y enterar al Fisco los impuestos contenidos en la Ley de Timbres y Estampillas. Para ello, deberán declarar en el formulario 24, dentro del mes siguiente al que se ha emitido el documento que respalde la operación crediticia, el impuesto de timbres y estampillas respectivo.

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